Dice el Tribunal Supremo en la Sentencia 5146/2015 de diez de diciembre que el llamado problema de la carga de la prueba surge sólo en caso de ausencia de elementos de juicio susceptibles de fundar la convicción del Juez sobre la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes y a los que la norma vincula la consecuencia jurídica pretendida, o lo que es lo mismo, las consecuencias de la falta de prueba suficiente de los hechos relevantes.
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