Experto en facilitar el entendimiento entre las partes
Cuando surge un conflicto entre las personas, normalmente tratan de solucionarlo entre ellas. No obstante, en ocasiones puede no ser posible un acuerdo privado, ya sea por existir problemas subyacentes o posiciones absolutamente contradictorias sobre uno o varios asuntos. En estos casos, para dirimir la disputa, se tiende a acudir a un tercero, el Juez o el Árbitro, para que imponga a las partes una solución, lo cual conlleva un alto coste, tanto económico como emocional.
Para evitar esas situaciones de enfrentamiento judicial, se han desarrollado sistemas alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, que cuenta cada vez con más aceptación entre los profesionales y la sociedad. De hecho, muchos colectivos de profesionales están organizando plataformas o sistemas de mediación, entre ellos, los Colegios Notariales, especialmente tras la regulación por primera vez en nuestro derecho en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
En la mediación son los propios afectados por la disputa quienes obtienen una solución a su situación, con ayuda de un tercero, denominado mediador, experto en facilitar el entendimiento entre las partes. El mediador ayuda a las partes a dialogar y a crear soluciones nuevas a sus problemas, transformando las relaciones entre las partes y modelando sus conductas para el futuro. Es importante para obtener óptimos resultados que los mediadores estén debidamente cualificados, y tengan una formación adecuada.
En la mediación son los propios afectados por la disputa quienes obtienen una solución a su situación, con ayuda de un tercero, denominado mediador, experto en facilitar el entendimiento entre las partes. El mediador ayuda a las partes a dialogar y a crear soluciones nuevas a sus problemas, transformando las relaciones entre las partes y modelando sus conductas para el futuro. Es importante para obtener óptimos resultados que los mediadores estén debidamente cualificados, y tengan una formación adecuada.
La mediación comienza con una reunión previa e informativa y una presentación del proceso de mediación. Tras unas conversaciones con las partes, comienza la generación de alternativas, sin compromiso alguno por las partes, que posteriormente se evaluarán, para transformarse, si hay acuerdo, en soluciones. Finalizada la mediación, el acuerdo, de haberlo, se plasma en un documento, cuya eficacia puede modalizarse por voluntad de las partes, incluso elevándolo a escritura pública.
Las ventajas de acudir a la mediación son innegables. Quizás la principal sea que no se pierde nada, pero se puede ganar mucho, sometiendo la disputa a mediación, ya que es absolutamente voluntario tanto el acudir a la mediación como el llegar a un acuerdo. Esto supone que en todo momento las partes tienen control de sus posiciones y, si no interesa a alguna de ellas, siempre puede acudir a la vía judicial, pues el hecho de haber iniciado una mediación no excluye otras formas de resolver el conflicto. Otra ventaja clara es su coste mucho menor y su mayor rapidez que el proceso judicial, lo que genera un menor desgaste emocional en los intervinientes y, por tanto, una mayor posibilidad de reconducir la relación familiar, personal o profesional afectada por el conflicto.